DIOT: ¿Hay prórroga para su presentación? ¿Qué hacer si el portal del SAT falla?

¿Tienes problemas para presentar la DIOT 2024? ❌📑 El SAT lanzó una nueva plataforma, pero múltiples contribuyentes han reportado fallas en el portal, dificultando el envío de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

FISCAL

2/28/20253 min read

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es una obligación fiscal que deben presentar mensualmente todas las personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravadas por el Impuesto al Valor Agregado (IVA). A través de esta declaración, los contribuyentes reportan información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA de sus operaciones con proveedores.

Sin embargo, en febrero de 2025, se han reportado fallas en el portal del SAT, lo que ha generado incertidumbre entre los contribuyentes sobre la posibilidad de una prórroga para su presentación. En este artículo, explicamos qué hacer en caso de errores en la plataforma del SAT, las consecuencias por no presentar la DIOT a tiempo y las posibles soluciones.

¿Quiénes están obligados a presentar la DIOT?

De acuerdo con el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA, deben presentar la DIOT:

Personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravadas por IVA.
Empresas públicas del Estado y aquellas que operen bajo esquemas de consorcios o áreas unificadas, conforme a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

Plazo de presentación:
🔹 Fecha límite: Día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda la información.
🔹 Excepción: Contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con reglas especiales de presentación.

Nueva plataforma del SAT para presentar la DIOT

A partir del 3 de febrero de 2025, el SAT lanzó una nueva plataforma para la presentación de la DIOT, con las siguientes mejoras:

📌 Carga batch: Permite generar archivos en formato .txt con la información del IVA de los proveedores.
📌 Carga manual: Para contribuyentes con pocas operaciones o que necesiten capturar nuevos registros después de una carga batch.
📌 Hasta 40,000 registros por envío sin necesidad de acudir a las oficinas del SAT.
📌 Acuse de recibo inmediato como constancia de presentación.

Sin embargo, durante todo el mes de febrero de 2025, contribuyentes han reportado fallas en el sistema, impidiendo el envío oportuno de la DIOT.

¿Habrá prórroga para la presentación de la DIOT 2024?

🔴 Al 28 de febrero de 2025, el Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) solicitó formalmente al SAT una prórroga para la presentación de la DIOT debido a las fallas en el portal.

🔴 El SAT aún no ha confirmado si concederá una extensión del plazo.

⚠️ IMPORTANTE: A pesar de los problemas técnicos, los contribuyentes no deben confiarse, ya que la omisión en la presentación de la DIOT puede generar multas y sanciones fiscales.

Consecuencias de no presentar la DIOT a tiempo

De acuerdo con el artículo 82, fracción XXVI del Código Fiscal de la Federación (CFF), la omisión de la DIOT puede derivar en multas que van desde:

💰 $14,880.00 hasta $29,750.00 MXN por no proporcionar la información a través de los medios electrónicos y en los plazos establecidos.

Para evitar estas sanciones, los contribuyentes deben tomar medidas preventivas.

¿Qué hacer si el portal del SAT no permite presentar la DIOT?

Si estás enfrentando problemas técnicos en la plataforma del SAT, sigue estos pasos:

📌 1. Genera evidencia de la falla: Toma capturas de pantalla del error y anota la fecha y hora del intento de presentación.
📌 2. Presenta un caso de aclaración: Ingresa a la plataforma del SAT y reporta la imposibilidad de enviar la DIOT.
📌 3. Guarda el número de folio del caso de aclaración: Esto servirá como respaldo en caso de una revisión fiscal.
📌 4. Intenta enviar la DIOT en distintos horarios: Algunos contribuyentes han logrado presentar su declaración en horarios nocturnos o en fines de semana.

Portal para la presentación de la DIOT 2025 y anteriores

Para presentar la DIOT del ejercicio 2025 en adelante, así como declaraciones extemporáneas del ejercicio 2024 y anteriores, puedes acceder al portal del SAT en el siguiente enlace:

🔗 Portal DIOT - SAT

📌 Acceso con e.firma o contraseña.

El SAT implementó una nueva plataforma para la DIOT, pero ha presentado fallas técnicas que han dificultado su presentación en febrero de 2025. Aunque se ha solicitado una prórroga, no hay confirmación oficial por parte del SAT.

🔴 No arriesgues sanciones: Si no has podido presentar la DIOT, documenta las fallas y reporta el problema mediante un caso de aclaración en el portal del SAT.

💡 Mantente informado sobre posibles actualizaciones en la página oficial del SAT y en comunicados del Colegio de Contadores Públicos de México.

FUENTES.

📌 Código Fiscal de la Federación. Ver aquí
📌 Ley del Impuesto al Valor Agregado. Ver aquí

📌 Resolución Miscélanea Fiscal para 2025. Publicada en el DOF 30-12-2024. Ver aquí
📌 SAT - Comunicados oficiales sobre la DIOT Ver aquí
📌 Colegio de Contadores Públicos de México - Solicitud de prórroga Ver aquí